¿Los adolescentes de 16 y 17 años ya no pueden ser juzgados como adultos?
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la ley que permitía juzgar a adolescentes de 16 y 17 años como adultos por delitos graves. En La Viñeta te explicamos cuáles fueron los motivos.
El Tribunal Constitucional puso fin a la Ley 32330, que durante meses permitió juzgar a adolescentes de 16 y 17 años como adultos por delitos graves.
La sentencia lo declaró inconstitucional y ordenó que todos los adolescentes, actualmente investigados o encarcelados en el sistema de adultos, sean reconducidos al sistema penal juvenil, con implicancias significativas en términos de años de internación y enfoque de tratamiento.
📌 ¿Qué cambió durante esos meses?
La Ley 32330, publicada el 10 de mayo de 2025, modificó el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para hacer imputables como adultos a adolescentes de 16 y 17 años, pero únicamente cuando hubieran cometido delitos de una lista cerrada de conductas graves.
Esta lista incluía: parricidio y homicidios calificados, lesiones graves, secuestro, violación sexual (incluida de menores), robo agravado, extorsión, delitos con armas, tráfico ilícito de drogas, organización criminal, lavado de activos y terrorismo según el Decreto de Ley 25475.
Durante los meses de vigencia de esta ley, adolescentes de 16 y 17 años que cometieron alguno de estos delitos fueron investigados y procesados en el sistema penal ordinario de adultos, enfrentando las mismas penas y condiciones que personas mayores de edad.
📌 ¿Cuál fue la decisión del Tribunal Constitucional?
El 5 de diciembre de 2025, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia declarando inconstitucional esta excepción.
El Tribunal estableció una interpretación explícita de que la edad mínima de imputabilidad penal es 18 años. Por tanto, todos los adolescentes de 16 y 17 años, independientemente del delito cometido, deben ser procesados en el sistema penal juvenil regulado por el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.

Sobre los procesos en curso, estos deben archivarse y la investigación o proceso debe reconducirse al sistema juvenil.

Y quienes se encuentren en establecimientos del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) deben ser trasladados de manera inmediata a centros juveniles.
📌 ¿Cuál es la diferencia en años de internación?
En el sistema de adultos, por ejemplo, el homicidio simple tiene una pena de 6 a 20 años de prisión. En el sistema juvenil, en cambio, no se habla de pena sino de "medidas socioeducativas".
Para adolescentes de 16 y 17 años, el marco aplicable para internación según el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes establece un máximo de 1 a 6 años.
Lo que hace evidente esta diferencia. Se trata de 20 años como máximo en el sistema de adultos versus 6 años en el sistema juvenil para casos comparables.
Nota elaborada originalmente el 17 de enero del 2026.