¿Cuáles fueron los motivos de la toma en la Universidad Nacional de Ingeniería?
A mediados de mayo de 2025, estudiantes iniciaron una toma en la sede central de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI). En «La Viñeta» explicamos cuáles fueron las causas y cómo este hecho puso en cuestión la autonomía de la universidad.
Por: Jairo Rodríguez Delgado
El 16 de mayo de 2025, estudiantes de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) tomaron el campus universitario en rechazo a la designación de Shirley Chilet como rectora interina, quien había sido inscrita y reconocida por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Durante la toma, los estudiantes iniciaron bloqueos en los accesos principales y en las diferentes facultades, lo que provocó la suspensión inmediata de las clases presenciales.
En ese momento, se exigió la vacancia de Chilet y demandaron el respeto a la autonomía universitaria de la institución.
Tras cinco días de protesta y toma del campus, el 20 de mayo de 2025, las actividades académicas y administrativas se reanudaron de manera presencial con normalidad.
En «La Viñeta» respondemos las principales dudas sobre cómo se originó este conflicto que puso en evidencia las tensiones entre la comunidad universitaria de la UNI y la Sunedu en torno a la autonomía institucional y la legitimidad en la designación de autoridades universitarias.
📌 ¿Cómo se generó el conflicto?
El conflicto se originó tras la renuncia del entonces rector Alfonso López-Chau el 7 de mayo de 2025. Su salida abrió una disputa sobre quién debía asumir la rectoría interina, cuya causa radicó en la modificación del artículo 55 del estatuto de la UNI.
Antes de la modificación, correspondía que la vicerrectora académica —en este caso, Shirley Chilet— asumiera automáticamente el cargo. Sin embargo, un mes antes, en marzo de 2025, durante la gestión de López-Chau, la Asamblea Universitaria aprobó la modificación de dicho artículo, eliminando esa sucesión automática y estableciendo que debía elegirse a la nueva autoridad mediante votación en Asamblea.
Tras la renuncia de López-Chau, la Asamblea eligió como rector interino a Arturo Talledo, vicerrector de Investigación, quien obtuvo la mayoría de votos. No obstante, la Sunedu desconoció esa elección y emitió una resolución reconociendo a Shirley Chilet como rectora interina, argumentando que la reforma de marzo fue inválida.
Esto desató una controversia jurídica y política en la universidad: mientras la Asamblea y una parte importante de la comunidad universitaria respaldaban a Talledo, la Sunedu respaldaba a Chilet, lo que generó la posterior toma del campus.
📌 ¿Para qué sirve el estatuto universitario?
El estatuto universitario es el reglamento interno que define la constitución de cada universidad. Según el Ministerio de Educación, constituye el conjunto de disposiciones dictadas por la universidad a través de su Asamblea para regular la organización académica, el gobierno institucional y las relaciones con docentes, estudiantes y graduados.
En otras palabras, es la norma básica de la universidad que establece los procedimientos internos.
La principal causa del conflicto se debió precisamente a la modificación de uno de los artículos del estatuto de la UNI, específicamente del artículo 55, que determinaba los procedimientos para la vacancia y elección del rector.
📌 ¿De qué trata la modificación del estatuto para la elección de un rector?
El 5 de marzo de 2025, la Asamblea Universitaria de la UNI aprobó por mayoría la modificación del artículo 55 del Estatuto.
La modificación establece que ante la renuncia o fallecimiento del rector, se convoque de inmediato a la Asamblea Universitaria para proceder a elegir al nuevo rector entre los dos vicerrectores: Shirley Chilet (Vicerrectora Académica) y Arturo Talledo (Vicerrector de Investigación).

Esto significa que se suprimió la sucesión automática que regía anteriormente, es decir, lo que permitía a Chilet obtener automáticamente el cargo de rectora interina.
Shirley Chilet ha denunciado que dicha modificación —impulsada por López-Chau— obedeció a intereses personales para bloquear su nombramiento, y que no respetó la ley universitaria que regula la elección de rectores, ya que a ella, como vicerrectora académica, le correspondía asumir interinamente el cargo.
Por otro lado, los estudiantes argumentaron que la modificación fue válida y legal debido a que obedeció a la autonomía universitaria, sin vulnerar la ley universitaria ni las funciones de la Sunedu. Además, denunciaron que la Sunedu había designado indebidamente a Chilet.
📌 ¿Sunedu puede designar rectores en las universidades?
No. La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) —organismo de licenciamiento y supervisión de la calidad de las universidades— no tiene competencia legal para nombrar, designar o remover a los rectores de universidades públicas o privadas.
📌 ¿Quién tuvo mayor apoyo en la Asamblea: Chilet o Talledo?
Arturo Talledo contó con el respaldo mayoritario dentro de la UNI, al menos entre los integrantes de la Asamblea Universitaria.
Tras la renuncia de López-Chau, Talledo (vicerrector de Investigación) fue elegido como rector interino por votación con un respaldo abrumador: de 59 votos emitidos, 49 lo aprobaron, es decir, prácticamente la totalidad de los miembros de la Asamblea.
📌 ¿Qué concluyó la Contraloría sobre el caso?
La Contraloría General de la República —ente encargado de supervisar la legalidad de las normas y el uso de recursos públicos— concluyó que la elección de Arturo Talledo era ilegal.
Argumentó que las universidades no pueden elegir a sus rectores por votación en Asamblea, porque ello contraviene la ley universitaria.

Con base en esta ley, sostuvo que la única forma de elegir rectores es mediante las elecciones generales que se realizan cada cinco años, es decir, deben votar todos los miembros de la comunidad universitaria, no solo la Asamblea.

📌 ¿Se podría remover a Chilet del cargo sin necesidad de modificaciones?
Sí. El estatuto vigente contempla procedimientos de vacancia para las autoridades universitarias, por lo que es posible removerla del cargo.
Es decir, existe un mecanismo en el estatuto de la UNI que puede aplicarse a Chilet sin necesidad de modificar previamente el estatuto.