La imprecisión que permitió aumentar el sueldo presidencial a más de 35 mil soles
Dos leyes contradictorias facilitaron el incremento del sueldo de la presidenta que supera en 9 mil soles el límite establecido.
Por: Jairo Rodríguez Delgado
Una contradicción normativa entre dos leyes del Estado peruano ha servido como justificación para que la presidenta Dina Boluarte perciba una remuneración de 35 mil soles mensuales, superando en 9 mil el tope legal establecido.
Para ello, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprovechó una imprecisión entre la Ley de Jerarquía y Remuneraciones N° 28212 y la Ley del Servicio Civil N° 30057 para implementar dicho aumento.
La trampa legal detrás del aumento
La Ley N° 28212, vigente desde 2004, establece un sistema de remuneraciones estatales donde el presidente debe percibir máximo 10 UISP (Unidades de Ingresos del Sector Público).
La UISP actualmente está fijada en 2 mil 600 soles para 2025, el límite del sueldo presidencial debería ser de 26 mil soles.
Sin embargo, los ministros han utilizado la Ley del Servicio Civil N° 30057 como escudo argumentativo, sosteniendo que es injusto que funcionarios como jueces supremos o el presidente del Banco Central de Reserva perciban remuneraciones superiores a la presidencial, para alcanzar los más de 35 mil soles.
El decreto que no es congruente con la ley
La maniobra del MEF fue ignorar directamente la aplicación de la Ley 28212 —que autorizaba como máximo los 26 mil— en el Decreto Supremo N.° 136-2025-EF (que oficializa el aumento salarial).
La única mención de esta ley hace referencia a sus prohibiciones, pero en ninguna parte se le exonera o suspende para ejecutar dicho aumento.
Esta decisión elimina el tope remunerativo que durante dos décadas reguló los sueldos de los más altos funcionarios del Estado.
A la par, en el decreto se apela al principio de retribución justa y equitativa que se encuentra en la Ley del Servicio Civil. Bajo esta lógica, algunos ministros han argumentado que la complejidad y responsabilidad del cargo presidencial merece una remuneración acorde con otros altos funcionarios públicos; sin embargo, en dicho decreto no se especifica eso.
Esta maniobra normativa deja un precedente y permite que cualquier funcionario público pueda solicitar incrementos salariales argumentando inequidad respecto a otros cargos, utilizando la ambigüedad entre leyes para justificar aumentos que contravienen los límites salariales.