El artículo que permite ganar más de S/12 000 en el Congreso sin título de maestría
Una laguna normativa en el Reglamento Interno de Trabajo (RIT) convierte al Congreso en una institución donde es posible percibir sueldos mayores que el de un parlamentario, sin contar con estudios de posgrado completos.
Por: Jairo Rodríguez Delgado
En el Congreso de la República opera una disposición que desafía toda lógica meritocrática: el artículo 22 del Reglamento Interno de Trabajo (RIT). Esta norma permite que funcionarios que no culminaron su maestría —e incluso solo con estudios técnicos o con dos diplomados— perciban remuneraciones superiores a los S/12 000 mensuales; y en algunos casos, superen el sueldo de los congresistas, contraviniendo la Escala Remunerativa.

Este artículo fue modificado el 21 de febrero de 2020, con el supuesto objetivo de corregir y mejorar las disposiciones del reglamento. Sin embargo, ha dado a lugar un sistema de contrataciones que facilita la designación de funcionarios a dedo con posibilidades a sueldos altos con experiencia académica mínima.
¿Cómo se aplica este artículo?
La Escala Remunerativa del Congreso clasifica los cargos en cuatro categorías salariales : auxiliares, técnicos, profesionales y funcionarios.

El artículo 22 actúa como una puerta trasera que permite a las personas con experiencia básica sean contratadas en las categorías con mayor sueldo, especialmente en la categoría profesional, que tiene un tope salarial de S/ 12 562.

El caso de Yesenia Lozano Millones, vinculada al partido Alianza para el Progreso, ilustra cómo funciona esta anomalía institucional.
Actualmente, Lozano ocupa la dirección del Centro de Modalidades Formativas, una dependencia recientemente creada.

Su sueldo supera los S/19 000 mensuales, es decir, más de S/6 500 por encima del máximo permitido en su categoría.
Esta diferencia no tiene respaldo en su formación académica: no cuenta una maestría, solo es egresada. Sin embargo, el artículo 22 le permite acceder a ese sueldo gracias a los requisitos simples que se exigen para tales cargos.
En consecuencia, el artículo 22 del RIT ha legitimado una práctica que permite —a personas sin especialización profesional— acceder a remuneraciones destinadas a perfiles con altos sueldos, lo que afecta el principio meritocrático, genera incentivos perversos en la contratación pública y afecta la credibilidad institucional.
Urge la necesidad de revisar no solo el artículo 22, sino todo el marco normativo que regula las contrataciones en el Congreso, y bajo qué criterios se determina la remuneración de quienes trabajan en sus instituciones.
Esto tipo de requisitos también se ha trasladado en categorías de trabajos más bajos como Técnico o Auxiliar: personas sin estudios universitarios o técnicos pueden acceder a sueldos desde los 2 mil soles.
Puedes acceder al Reglamento Interno de Trabajo (RIT) del Congreso aquí.